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Área de práctica

Derecho administrativo

Cuando el que decide es el Estado, las reglas son otras: hay plazos breves, recursos previos que no se pueden saltar y una vía administrativa que conviene agotar antes de ir a tribunales. Ahí se pierden más casos por forma que por fondo.

Qué hago en derecho administrativo

  • Recursos administrativos

    Reposición y jerárquico contra actos de la administración, dentro de los plazos de la Ley 19.880.

  • Reclamo de ilegalidad municipal

    Contra decretos, resoluciones y omisiones de la municipalidad.

  • Defensa en sumarios administrativos

    Representación de funcionarios públicos en investigaciones sumarias y sumarios.

  • Multas de fiscalización

    Reclamo de sanciones de organismos como la Dirección del Trabajo, la Seremi de Salud y las superintendencias.

  • Permisos y patentes

    Tramitación y reclamo en materia de patentes comerciales, permisos de edificación y usos de suelo.

  • Transparencia

    Solicitudes de acceso a información pública y amparo ante el Consejo para la Transparencia.

Preguntas frecuentes

Me llegó una multa de un organismo del Estado. ¿Qué plazo tengo?

Depende del organismo, y suele ser breve: cinco días hábiles para reponer en algunos casos, quince en otros. Lo primero es leer la notificación, porque ahí va el plazo y el recurso que corresponde. No deje pasar los días esperando.

¿Tengo que reclamar primero ante el organismo o puedo ir directo al tribunal?

En varios casos la ley exige agotar la vía administrativa antes de acudir a tribunales, y en otros son caminos alternativos donde elegir uno cierra el otro. Esa decisión es estratégica y se toma al principio: equivocarse ahí puede costar el caso.

¿Los dictámenes de la Contraloría sirven en mi caso?

Sí. La jurisprudencia administrativa de la Contraloría es un argumento fuerte frente al propio organismo, y muchas veces resuelve el asunto sin llegar a tribunales. Parte de mi trabajo es buscar el dictamen que aplica a su situación.

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